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Tablón de Anuncios
Información de interés para los clientes de Finanmadrid [1]
1. SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
1.1. Finanmadrid dispone de un servicio de atención al cliente denominado Servicio de Atención al Cliente del Grupo Caja Madrid. Las quejas y reclamaciones podrán dirigirse a la dirección postal Plaza de Celenque, 2. 28013 Madrid o Apartado de Correos 1.334 de Madrid. Igualmente, podrán presentarse utilizando el formulario de reclamaciones que se encuentra en el apartado atención al cliente en www.finanmadrid.com. 1.2. La función del Servicio de Atención al Cliente es resolver las quejas y reclamaciones que puedan presentar los clientes en sus relaciones con la Entidad, siempre que las realicen conforme a lo establecido en el Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo Caja Madrid. Las reclamaciones se resolverán en el plazo máximo de dos meses. 1.3. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente o si transcurren más de dos meses desde la presentación ante el mismo de la queja o reclamación sin obtener resolución, el cliente podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros que corresponda en función de la materia de que se trate. Se informa que los Comisionados funcionan bajo el principio de ventanilla única. En cualquier caso, para poder formular una reclamación ante cualquiera de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros es requisito imprescindible haber presentado previamente dicha reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente. Las direcciones postales de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros son las siguientes: - Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios, pendiente de nombramiento. En la actualidad, pueden dirigirse las reclamaciones al Servicio de reclamaciones del Banco de España, calle Alcalá 50, 28014-Madrid. - Comisionado para la Defensa del Inversor, pendiente de nombramiento. En la actualidad, pueden dirigirse las reclamaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, C/ Miguel Ángel, 11 28010 de Madrid. - Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, pendiente de nombramiento. En la actualidad, pueden dirigirse las reclamaciones a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Pº de la Castellana nº 44, 28046-Madrid. 1.4. Finanmadrid ha aprobado el Reglamento para la Defensa del Cliente Grupo Caja Madrid que recoge el funcionamiento de su Servicio de Atención al Cliente y el procedimiento que se debe seguir para la presentación y tramitación de las quejas y reclamaciones. Dicho Reglamento se encuentra en las Oficinas a disposición del público y, también, se encuentra disponible en el apartado Atención al Cliente en www.finanmadrid.com 1.5. Las normas estatales que contienen la regulación sobre protección a la clientela son las siguientes: Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero (BOE de 23.11.02); Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros (BOE de 03.03.04); Orden 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de entidades financieras (BOE de 24.03.04).
2. TARIFAS DE COMISIONES, CONDICIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES A CLIENTES Y NORMAS DE VALORACION
Existe a disposición del público folleto de Tarifas de Comisiones, Condiciones y Gastos repercutibles a Clientes y Normas de Valoración aprobado por el Banco de España, que incluye las comisiones sobre operaciones de financiación de automoción y otras operaciones de préstamo, y las condiciones para operaciones en euros repercutibles a clientes y normas de valoración, conforme a las Circulares BE 8/1990, de 7 de septiembre (BOE 20-09-90); BE 3/2001, de 24 de septiembre (BOE 9-10-01) y a la O.M. de 25 de octubre de 1995 (BOE 1-11-95) y Circular CNMV 1/1996, de 27 de marzo, (BOE 9-04-96). Dicho folleto puede igualmente consultarse por Internet en www.finanmadrid.com. Dicho folleto no contempla condiciones generales aplicables a transferencias de fondos con el exterior, ya que Finanmadrid no realiza dichas actividades.
3. PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
Finanmadrid no dispone de folleto informativo gratuito sobre préstamos hipotecarios, ya que no realiza operaciones de préstamos hipotecarios a que se refiere la O.M. de 5 de mayo de 1994 (BOE 11-05-94).
4. OFERTAS VINCULANTES
Los clientes podrán solicitar, de forma gratuita, ofertas vinculantes sobre créditos al consumo, a los que sea de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1995, de 23 de marzo, (BOE 25-03-95). Madrid, febrero de 2010
[1] Esta información se facilita en cumplimiento de la normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y de protección a la clientela, y, en particular, a lo dispuesto en la Ley 24/1988, de 28 de julio, (BOE 29.07.88); Ley 2/1994, de 30 de marzo (BOE 4-04-94); Ley 7/1995, de 23 de marzo, (BOE 25-03-95); Ley 44/2002, de 22 de noviembre, (BOE de 23.11.02); O. M. de 12-12-1989 (BOE 19.12.89); O.M. de 5-05-94 (BOE 11-05-94); O. M. de 25-10-1995 (BOE 1.11.95); O.M. de 16-11-2000 (BOE 25-11-00) y a las Circulares del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, (BOE 20-09-1990); núm. 3/2001, de 24 de septiembre (BOE 9-10-01) y Circular de la C.N.M.V. 1/1996, de 27 de marzo, (BOE 9.04.96); Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, (BOE de 03.03.04); Orden 734/2004, de 11 de marzo, (BOE de 24.03.04).
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